Conforme lo comentamos en un artículo anterior (“9 IDEAS SOBRE LA IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS”), entre los documentos de sustento para la importación para el consumo se encuentra la factura comercial.
¿Qué es una factura comercial?
Este documento, emitido por el proveedor de las mercancías (normalmente el exportador en origen), contempla información específica relativa a la operación de compra-venta que se está llevando a cabo; información que, posiblemente, está regulada por las normas locales del país en el que se encuentra, precisamente, el referido proveedor.
Información que debe ir en la Factura Comercial
En ese sentido, si bien no resultaría posible (por un principio de aplicación territorial de las normas) exigir al proveedor que emita la factura comercial teniendo en cuenta lo que disponen las normas peruanas, sí sugerimos que traten de solicitarle que, al momento de emitir la factura comercial correspondiente, tenga en cuenta la siguiente información:
- Que el precio consignado corresponda realmente al precio pagado o por pagar directamente al vendedor.
- Estar contenida en documento sin borrones, enmendaduras o muestra de alguna alteración.
- Contener la numeración asignada por el proveedor extranjero.
- Consignar número de orden, el lugar y fecha de expedición.
- Número y fecha del pedido o pedidos que se atienden.
- Consignar el nombre y/o razón social y domicilio del vendedor.
- Nombre o razón social del importador y su domicilio
- Contener la cantidad, con indicación de la unidad de medida utilizada.
- Contener la denominación y descripción detallada de las características principales de las mercancías (código, marca, modelo, cantidad con indicación de la unidad de medida utilizada, características técnicas, estado de las mercancías (nueva o usada), año de fabricación u otros signos de identificación si los hubiere).
- Consignar el precio unitario y total; con la indicación del INCOTERM pactado.
- Consignar el origen de la mercancía, su moneda de transacción correspondiente.
- Contener la forma y condiciones de pago, y cualquier otra circunstancia que incida en el precio pagado o por pagarse (descuentos, comisiones, intereses, etc.)
Mucha de la información antes señalada es usual encontrarla en las facturas comerciales emitidas por los proveedores de terceros países (siendo común en el comercio internacional), lo cual hace que los despachos aduaneros de las mercancías, destinadas al régimen de importación para el consumo, se lleven a cabo sin contratiempos. No obstante, puede ocurrir que la ausencia de algunos de los puntos antes indicados ocasione que la Administración Aduanera peruana realice observaciones al referido documento, haciéndola dudar en consecuencia sobre el valor de transacción señalado en el mismo.
Impactos en el Despacho Aduanero
En ese sentido, más allá de que la observación que realice la Administración Aduanera a raíz de advertir la ausencia de determinada información sea justificada o no, es decir, que exija que la factura comercial deba poseer información específica (a pesar de haber sido emitida en otro país, regido por otras normas), lo cierto es que, precisamente, dicha observación genera un impacto en el despacho aduanero de las mercancías que son materia de importación.
Dicho impacto se ve traducido en un tema de tiempo, así como también desde un punto de vista económico. En cuanto a este último, cabe indicar que al no satisfacer a la Administración Aduanera la información contenida en la factura comercial, como indicamos previamente, la haría dudar sobre el valor de transacción señalado en el referido documento y, en consecuencia, el consignado en la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM), llevándola a utilizar valores de referencia de otras mercancías importadas (idénticas o similares) que, en caso de ser mayores que el de la mercancía materia importación, se tenga que, por ejemplo, dejar una garantía por el importe diferencial de tributos, a efectos de poder obtener el levante (disposición) de la misma.
Siendo ello así, en la medida de lo posible, sería ideal que puedan coordinar con sus proveedores para que la factura que les emita por concepto de la compra que han realizado contemple la información antes expuesta.
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Escrito por: Benjamín de los Ríos